Tema 00.
a. Tablas de materiales y diametros.
b. Botellas de GLP.
c. Formulario.
d. Magnitudes y Unidades.
e. Simboligía.
f. Tuberias de las IRG.
Tema 02. Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos.
ITC-ICG 01. Instalaciones de Distribución de combustibles Gaseosos por Canalización.
ITC-ICG 03. Instalaciones de Almacenamiento de Gases Licuados del Petroleo (GLP en Depositos Fijos).
ITC-ICG 06. Instalaciones De Envases De Gases Licuados Del Petroleo (GLP) Para Uso Propio.
ITC-ICG 07. Instalaciones Receptoras De Combustibles Gaseosos.
Tema 30. REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE GASES COMBUSTIBLES.
Descripción
Norma UNE 60670-9: Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar.
Parte 9: Pruebas previas al suministro y puesta en servicio.
La norma UNE 60670 tiene por objeto establecer los criterios técnicos, los requisitos esenciales de seguridad y las garantías de buen servicio, que se deben utilizar al diseñar, construir, ampliar, modificar, probar, poner en servicio y controlar periódicamente las instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar, así como las condiciones de ubicación, instalación, conexión y puesta en marcha de los aparatos de gas.
1) Objeto y campo de aplicación.
Esta parte de la norma tiene por objeto establecer las diferentes actividades a realizar durante las pruebas previas al suministro, y las que posteriormente se deben realizar en la puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gas suministradas con una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar.
2) Pruebas previas al suministro.
El agente responsable, de acuerdo a lo que establezca la legislación vigente, debe realizar las siguientes pruebas previas al suministro:
- Comprobar que la documentación de la instalación se halla completa.
- Comprobar que las partes visibles y accesibles de la insta lación receptora cumplen con los requisitos de esta norma.
- Comprobar, en las partes visibles y accesibles, la adecuación a esta norma de los locales donde se ubiquen aparatos conectados a la instalación de gas, incluyendo los conductos de evacuación de los productos de la combustión de dichos aparatos, si éstos están instalados, situados en los citados locales.
- Comprobar la maniobrabilidad de las válvulas.
- En los casos en que la instalación incorpore una estación de regulación, debe también:
- Comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas de regulación.
- Comprobar el correcto funcionamiento de los dispositivos de seguridad.
3) Puesta en servicio.
Una vez realizadas con resultado satisfactorio las pruebas previas indicadas en el capítulo anterior, el agente responsable, de acuerdo a lo que establezca la legislación vigente, puede efectuar la puesta en servicio, para lo cual debe proceder a:
- Precintar los equipos de medida.
- Comprobar que quedan cerradas, bloqueadas y precintadas las llaves de usuario de las instalaciones individuales que no sean objeto de puesta en servicio en ese momento. Además, deben taponarse dichas llaves en aquellos casos en que la instalación individual esté pendiente de instalación.
- Comprobar que quedan cerradas, bloqueadas y precintadas las llaves de conexión de aquellos aparatos de gas pendientes de instalación o pendientes de poner en marcha. Además, deben taponarse dichas llaves en aquellos casos en que el aparato correspondiente esté pendiente de instalación.
- Abrir la llave de acometida y purgar las instalaciones que van a quedar en servicio, que en el caso más general deben ser: la acometida interior, la instalación común y, si se da el caso, las instalaciones individuales que sean objeto de puesta en servicio.
La operación de purgado se debe realizar con las precauciones necesarias, asegurándose que al darla por acabada no existe mezcla de aire-gas dentro de los límites de inflamabilidad en el interior de la instalación dejada en servicio.
- Verificar la estanquidad de la instalación a la presión de operación.
- Dejar la instalación en servicio, si se obtienen resu ltados favorables en las comprobaciones.
- Extender un certificado de pruebas previas y puesta en servicio, del que debe entregarse una copia al titular o usuario.
En el caso de una instalación receptora suministrada desde depósitos fijos de GLP, la puesta en servicio se debe realizar tras el primer llenado de la instalación de almacenamiento.