Tema 00.
a. Tablas de materiales y diametros.
b. Botellas de GLP.
c. Formulario.
d. Magnitudes y Unidades.
e. Simboligía.
f. Tuberias de las IRG.
Tema 02. Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos.
ITC-ICG 01. Instalaciones de Distribución de combustibles Gaseosos por Canalización.
ITC-ICG 03. Instalaciones de Almacenamiento de Gases Licuados del Petroleo (GLP en Depositos Fijos).
ITC-ICG 06. Instalaciones De Envases De Gases Licuados Del Petroleo (GLP) Para Uso Propio.
ITC-ICG 07. Instalaciones Receptoras De Combustibles Gaseosos.
Tema 30. REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE GASES COMBUSTIBLES.
Descripción
Norma UNE 60404- 2: Combustibles gaseosos Canalizaciones de regulación de presión y/o medida con presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar.
Parte 2: Conjuntos de regulación para situar en arqueta empotrable en vía pública con caudal nominal equivalente e inferior o igual a 50 m3 (n)/h de gas natural.
1) Objeto.
Esta parte de la Norma UNE 60404 tiene por objeto establecer los requisitos técnicos de diseño y de funcionamiento, así como los ensayos y condiciones de suministro de los conjuntos de regulación con presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar, a instalar en arquetas en vía pública.
2) Campo de aplicación.
Esta norma se aplica a los conjuntos de regulación con caudal nominal equivalente de hasta 50 m3 (n)/h de gas natural, previstos para suministrar bajo las siguientes condiciones:
- El gas distribuido pertenece a la 2ª o la 3ª familia de las definidas en la Norma UNE 60002;
- MOP de entrada comprendida entre 1 bar y 5 bar.
3) Definiciones.
Para los fines de este documento, se aplican los términos y definiciones incluidos en la Norma UNE 60404-1, además de los siguientes:
3.1 Arqueta:
Es aquel recinto con tapa previsto para empotrar en I avía pública cuya capacidad se limita a contener reguladores de gas y su instalación, no pudiendo entrar personas en él. Debe tener las dimensiones suficientes para poder realizar las operaciones de insta lación y sustitución de elementos, así como las de verificación y puesta en servicio.
4) Clasificación y esquemas básicos de los conjuntos de regulación.
4.1) Clasificación.
Los conjuntos de regulación se clasifican en función del caudal nominal equiva lente de gas natural que puede proporcionar el regulador, ta l como se indica en la tabla l.
Para poder clasificar un conjunto de regulación dentro de un modelo concreto, éste debe ser capaz de suministrar el caudal nominal con gas natural con una MOP de entrada comprendida entre 1 bar y 5 bar manteniendo la presión de salida en los límites establecidos.
4.2) Esquemas básicos.
De forma general, y para los conjuntos de regulación definidos en la presente norma, los diseños de los mismos se ajustarán a los dispuesto en la tabla 2.
En los conjuntos de regulación pueden realizarse modificaciones de los valores de las presiones de regulación y de disparo de las seguridades si por necesidad de explotación fuese necesario. En este caso, el tarado de las VIS por máxima y por mínima presión se realiza a valores acordes con la presión de regulación.
El diseño de los conjuntos de regulación que se muestra en la figura 1 es orientativo, pero deben respetarse los elementos y accesorios que lo componen y el orden funcional de colocación.
5) Materiales, elementos y accesorios.
5.1) Conexión de entrada.
En los conjuntos de regulación E-25 y E-50 la conexión de entrada debe realizarse mediante tubo de PE DN 32.
Los tubos de entrada deben sobresalir como mínimo de 10 cm de la arqueta.
En casos especiales, para los conjuntos de regulación E-25 y E-50 la conexión puede efectuarse directamente a la llave de entrada mediante rosca macho de 11/4″ para conectar tubo de acero o cobre, por lo que en este caso no incorporar tubo de entrada.
5.2) Conexión de salida.
La conexión de salida de los conjuntos de regulación debe realizarse mediante tubo de PE DN 40.
Los tubos de salida deben sobresalir como mínimo 30 cm de la arqueta.
En casos especiales, para los conjuntos de regulación E-25 y E-50 la conexión puede efectuarse directamente a la llave de salida mediante rosca macho de 11/2″ para conectar tubo de acero o cobre, por lo que en este caso no incorporar tubo de salida.
5.3) Accesorios.
Los accesorios de cobre, bronce, latón o acero, ya sean para roscar o para soldar, empleados en la construcción y montaje de los conjuntos de regulación, deben tener como mínimo las mismas características de calidad y dimensionales que los indicados para las tuberías y debe cumplir con los requisitos de la Norma UNE 60719.
5.4) Protección contra la corrosión.
Todas las partes externas de los componentes y accesorios de los conjuntos de regulación y de seguridad de corte de gas, así como los tubos metálicos de entrada y salida de los mismos de aquellos modelos que los incorporen, deben protegerse convenientemente contra la corrosión.
5.5) Uniones.
Las uniones que incorporen los conjuntos de regulación E-25 y E-50 deben ser las indicadas en los apartados 6.4.1 y 6.4.2 de la Norma UNE 60404-1, para uniones mecánicas y para uniones soldadas, respectivamente.
5.6) Llaves de obturador esférico.
Las llaves de entrada y salida que se utilicen deben cumplir lo dispuesto en la Norma UNE-EN 331, y las conexiones de cada una de ellas son las que se indican más adelante. La presión nominal, PN, debe estar de acuerdo con la MOP.
Las dimensiones del órgano de maniobra de las llaves son las indicadas en la figura 2.
Además, estas llaves de entrada y sa lida pueden incorporar una conexión lateral o frontal con rosca hembra cilín drica según la Norma UNE 19009-1 o el mismo cuerpo de la llave puede disponer de esta rosca. Esta rosca debe ser de diámetro 1/4″ para conectar una toma de presión sistema Peterson en las llaves de entrada, y de diámetro 1/8″ o 1/4″ para conectar una toma de presión de débil ca libre o Peterson en las llaves de salida, según se indica en el apartado 6.8.
Las tomas de presión deben estar situadas de manera que permitan mediar la presión aguas arriba del obturador esférico para el caso de las llaves de entrada, y aguas abajo del mismo para las llaves de salida, por lo que pueden estar situadas en el centro del cuerpo de llave con el obturador esférico modificado de manera que permita tener consigna de presión con la llave cerrada, debiendo ser fácilmente accesibles y maniobrables una vez montando el conjunto, siempre que se mantengan las condiciones de estanquidad de las citadas llaves.
5.6.1 Conexiones.
Las conexiones de las llaves de paso de los conjuntos de regulación E-25 y E-50 deben ser las que se indican a continuación:
- Llave de entrada:
La conexión de entrada debe ser con tubo de PE DN 32 SOR 11 según la Norma UNE-EN 1555-2 unido al cuerpo de la llave mediante un enlace fijo de transición según la Norma UNE 60405, y la conexión de salida debe realizarse mediante rosca macho de 3/4″ o de 1″ para enlace por junta plana según la Norma UNE 60718.
En casos especiales, para los conjuntos de regulación E-25 y E-50 la conexión puede efectuarse directamente a la llave de entrada mediante rosca macho de 11/4″ para conectar tubo de acero o cobre, por lo que en este caso no incorporar tubo de entrada;
- Llave de salida:
La conexión de entrada debe realizarse mediante roca macho de 11/4″ o de 11/2″ para enlace por junta plana según la Norma UNE 60719, y la conexión de salida debe ser con tubo de PE DN 40 SDR 11 según la Norma UNE 53333 unido al cuerpo de la llave mediante un enlace fijo de transición según la Norma UNE 60405.
En casos especiales, para los conjuntos de regulación E-25 y E-50 la conexión de salida puede ser mediante una rosca macho 11/ 2″ para conectar tubo de acero o cobre. Esta rosca debe sobresalir de la arqueta un mínimo de 5 cm contados desde el inicio del mismo.
En la tabla 3 se resumen las conexiones de entrada y salida de las diferentes llaves de paso.
5.6.2 Diámetros.
Los diámetros de paso de las llaves utilizadas en los conj untos de regulación E-25 y E-50 deben ser los que se indican en la tabla 4.
5.7) Filtro.
Las características constructivas y las conexiones de los filtros de los conjuntos de regulación E-25 y E-50 d eben ser las indicadas en el apartado 6.6 de la Norma UNE 60404-1, pero son de ejecución axial.
5.8) Tomas de presión.
Las tomas de presión deben ser de tipo Peterson para presiones superiores a 100 mbar y en el resto de casos deben ser de débil calibre.
Las tomas de presión de tipo Peterson permiten la colocación, mediante pinchado, de un manómetro con toma de agua. Su colocación dentro del conjunto de regulación debe ser mediante rosca de 1/4″ macho según la Norma UNE 19009-1. Estas tomas deben estar colocadas de forma que la lectura con manómetro sea sencilla de colocar y visualizar.
Las tomas de presión del tipo débil calibre consisten en una conexión de oliva con tornillo central para dar pasos de gas. Su instalación con la canalización debe ser siempre roscada con rosca macho de 1/8″ según la Norma UNE 60719 y la conexión de oliva de 8 mm para la conexión de tubo goma de diámetro interior de 6 mm.
6) Arquetas.
Los conjuntos de regulación E-25 y E-50 se deben instalar en el interior de arquetas para empotrar en la vía pública que cumplan con los requisitos que se indican a continuación.
6.1) Material de las arquetas.
Las arquetas deben estar fabricadas de materiales plásticos, por compuestos de moldeo termoestable de poliéster, reforzados con fibra de vidrio u otro material de características equivalentes en cuanto a resistencia e incombustibilidad o de fundición de acero, o bien ser mixtas (por ej emplo, caja de materiales plásticos y tapa de fundición de acero). No se pueden emplear arquetas fabricadas con otros materiales.
Estas arquetas deben cumplir los requisitos indicados en la Norma UNE-EN 124 o equivalente y de ser de clase 125 (resistencia a una carga de 125 kN).
El grado de protección proporcionado por las envolventes contra el acceso a partes peligrosas, la penetración de cuerpos extraños y la penetración de agua (código IP) debe ser como mínimo IP 43 según la Norma UNE 20324; y contra impactos mecánicos externos (código IK) debe ser como mínimo IK 10 según la Norma UNE-EN 50102. Deben ser autoextinguibles con grado FH-2 40mm según la Norma UNE-EN 60707 y resistentes a los productos alcalinos y al calor según la Norma UNE-EN 50298.
6.2) Dimensiones.
Las dimensiones exteriores de las arquetas deben ser las que se establecen en la tabla 5.
6.3) Marcado.
Convenientemente sujeta al conjunto de regulación, y en lugar visible, debe instalarse una placa metálica, etiqueta adhesiva o similar, con las siguientes inscripciones grabadas:
- Nombre comercial del fabricante y dirección;
- Número y lote de fabricación que indique claramente el año de fa bricación;
- Rango de presiones de entrada (Pe) de 1 bar a 5 bar;
- Presión nominal de salida (mbar);
- Caudal nominal (m3(n)/h de gas natural) con 1 bar s Pe < 5 bar y caudal del conjunto de regulación (m3(n)/h de gas natural) con Pe= 0,5 bar;
- Presión de disparo de la VIS por máxima presión (y por mínima presión o por exceso de caudal, si existe) (en mbar);
- Presión de tarado de la VAS (en mbar), si está activada, así como el caudal máximo y mínimo de alivio.
6.4) Características complementarias de las arquetas.
Las arquetas deben disponer de tapa de apertura total y de un sistema de cierre tipo de ¼ de vuelta con cabeza triangular. Esta Cabeza ha de tener las dimensiones indicadas en el anexo C de la Norma UNE 60404-1.
Las tapas de las arquetas deben ser grabadas en su parte superior con el fin de evitar que sean deslizantes en caso de estar mojadas.
Asimismo, las tapas de las arquetas deben poder ser fácilmente localizables mediante un detector de metales en caso de quedar enterradas por reposición o removimiento del pavimento de la zona, por lo cual éstas deben disponer de una armadura o placa metálica interna, o bien externa fijada a la misma por su parte interior.
Se deben instalar pasamuros de goma o similar en los tubos de entrada y salida del conjunto.
6.5) Ventilación.
Las arquetas deben ser estancas al agua por su parte superior, es decir, por la tapa, aunque deben disponer de un drenaje en el fondo de la misma. Sin embargo, deben ser capaces de mantener una ventilación entre el interior de la arqueta y el aire exterior (consigna atmosférica), con el fin de asegurar el buen funcionamiento del regulador y las seguridades asociadas al mismo.
6.6) Sujeción del conjunto.
El conjunto de regulación debe quedar convenientemente sujeto a la arqueta por mediación de soportes, abrazaderas y elementos especiales de sujeción, que impidan deformaciones o defectos, previendo una cierta elasticidad para facilitar el montaje.
6.7) Sujeción de la arqueta.
La sujeción de la arqueta para su instalación se debe realizar mediante dos varillas de acero corrugado de 10 mm a 12 mm de diámetro y de 80 cm a 90 cm de largo cada una, dispuestas en los dos laterales a lo largo de la arqueta y por debajo de la tapa, de manera que puedan quedar empotradas en el hormigón una vez instalado.
La arqueta, que debe suministrarse con estas varillas, debe incorporar los alojamientos necesarios para su fijación.
7) Características del regulador y válvulas de seguridad asociadas de los conjuntos de regulación.
Las características constructivas y de funcionamiento de los reguladores y seguridades que incorporan los conjuntos de regulación E-25 y E-50 son las indicadas en los apartados 6.7, 6.8 y 6.12 (conjuntos de tipo A) de la Norma UNE 60404-1.
8) Métodos de ensayo.
Los métodos de ensayo de los conjuntos de regulación E-25 y E-50 son las indicadas en el capítulo 8 de la Norma UNE 60404-1 para conjuntos de regulación Tipo A.
9) Forma de suministro.
Para evitar el acceso a los elementos de tarado de regulación y seguridad, los conjuntos de regulación deben suministrarse con estos elementos convenientemente precintados. Asimismo, deben suministrarse precintadas las conexiones del contador y las de las seguridades cuando estas últimas sean externas al regulador.
Todas las bocas de entrada y salida de las conducciones de los conjuntos de regulación deben estar debidamente protegidas con tapones plásticos adecuados.
Cada uno de los conjuntos de regulación o de seguridad de corte de gas debe estar protegido con una envoltura plástica que lo preserve de la humedad y el polvo.
Asimismo, cada conjunto así preservado, debe ser protegido, además, mediante un embalaje de cartón suficiente para soportar los tratos durante los procesos de transporte y almacenamiento.
Cada embalaje de cartón debe incorporar una etiqueta adhesiva según modelo siguiente:
En el caso de conjuntos de regulación en los que el regulador incorpore la VIS por mínima presión o por exceso de caudal y/o la VAS esté activada, debe añadirse en el embalaje, según el caso, la siguiente nota: